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Preguntas que nos hacen a menudo

Preguntas frecuentes

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¿Qué significa IEE?

El IEE (Informe de Evaluación de Edificios) es, en España y, por tanto, también en las Islas Baleares, el informe oficial dela «inspección técnica de edificios», que certifica el estado técnico y la seguridad de los inmuebles antiguos. En 2015 sustituyó al antiguo ITE ( Inspección Técnica de Edificios). A diferencia de su predecesor, el IEE no se limita únicamente a la estática y al estado de la estructura del edificio, sino que abarca además la accesibilidad y la eficiencia energética.

¿Qué se evalúa?

Un arquitecto o ingeniero de obras colegiado examina el edificio basándose en los siguientes puntos principales:

  1. Estado de la estructura del edificio ( Conservación): estructura portante, fachadas, tejados y cualquier otro elemento constructivo que pueda suponer un peligro para las personas.
  2. Accesibilidad : Idoneidad del acceso para personas con discapacidad o movilidad reducida.
  3. Certificado energético: evaluación de la eficiencia energética del edificio (escala de la A a la G). El certificado energético debe presentarse obligatoriamente en todos los casos, tanto en la venta como en el alquiler.
  4. El cuarto componente del IEE incluye un plano de situación del inmueble a escala 1:1000 en formato DIN A4, en el que se indican las dimensiones de la parcela y las construcciones inspeccionadas. A este plano deben adjuntarse fotografías en color del edificio en cuestión. En caso de que se detecten defectos, estos también deben documentarse fotográficamente.

¿Quién necesita el IEE y cuándo?

  • ¿Cuándo? En principio, el IEE es obligatorio para los edificios de más de 50 años. No obstante, existen excepciones regionales y municipales que reducen la antigüedad mínima.
    La normativa en las Islas Baleares (Mallorca): La Ley de Urbanismo de las Islas Baleares (Ley 12/2017) establece que, para la primera parte (la mera comprobación del estado constructivo y de la estática), la evaluación es obligatoria a partir de los 30 años.
  • ¿Quién? La responsabilidad recae en los propietarios o en la comunidad de propietarios.
  • ¿Vigencia? Por lo general, un informe favorable tiene una vigencia de 10 años.

¿Qué ocurre si hay defectos o falta el informe?

  • Defectos: Si se detectan daños, estos deben subsanarse, en función de su gravedad, en un plazo determinado (normalmente de hasta 6 meses).
  • Sanciones: La falta de presentación de un informe que haya vencido se considera una infracción administrativa o urbanística y puede sancionarse con multas de entre 600 y 3.000 euros.

La normativa en detalle

  • Edificios con una antigüedad de 30 años o más
    • Obligación regional o municipal (p. ej., Madrid, Islas Baleares)
    • Alcance: Estado estructural (estructura portante, fachada, cubierta, etc.) en el marco de la inspección técnica de edificios (ITE) clásica.
  • Edificios con una antigüedad de 50 años o más
    • Obligación legal en toda España
    • Alcance: IEE completo. Este incluye, además del estado de la obra, las comprobaciones mencionadas anteriormente en materia de accesibilidad, el certificado de eficiencia energética del edificio, así como un plano de situación y documentación fotográfica.

¿Qué es exactamente la UTP?

La licencia ETV(Estancia Turísticaen Viviendas) es el permiso oficial para el alquiler vacacional en Mallorca. Es competencia de la Consellería de Turisme de las Islas Baleares. La licencia ETV es personal y relativa a la propiedad y está vinculada al número de referencia y a la inscripción catastral (Referencia Catastral) de la propiedad.

¿Se inscribirá el PTU en el registro de la propiedad?

Desde diciembre de 2024, existe una nueva normativa que obliga a los propietarios de viviendas vacacionales a registrar su propiedad, que cuenta con una licencia de alquiler turístico (alquiler vacacional), en el denominado registro único. Esto le da un número de registro especial que debe transmitir a las empresas que comercializan la propiedad. Todas las propiedades en alquiler reciben un número de identificación adicional para alquileres turísticos, que debe inscribirse en el registro de la propiedad. Además del formulario de solicitud, hay que presentar una copia de la licencia de alquiler, la referencia catastral y el número CRU/IDUFIR. También se requiere el certificado digital.
Este reglamento entra en vigor el 1 de julio de 2025.

¿Qué es exactamente la "Cédula de habitabilidad"?

La "Cédula de habitabilidad" es un documento que acredita que una vivienda, local comercial o edificio residencial cumple los requisitos mínimos de dimensiones, higiene e instalaciones adecuadas para el alojamiento de personas. Es un documento necesario para la ocupación de la vivienda, local comercial o edificio residencial, por lo que no se pueden contratar definitivamente los suministros de agua, electricidad, gas o cualquier otro producto energético o de telecomunicaciones si no se dispone de una cédula de habitabilidad o documento equivalente en vigor.

Tipos de cédula de habitabilidad:

  • Primera ocupación:
    Se expide cuando se han realizado obras en edificios nuevos, ampliaciones, conversiones y renovaciones totales o parciales que impliquen más del 60% de distribución, consolidación, restauración o cambio de uso.
  • Renovación:
    Se expide cuando la cédula ha caducado (las cédulas caducan a los diez años) y no se cumple ninguna de las condiciones para solicitar una cédula por primera vez.
  • Carencia:
    Se expide si la vivienda, parcela o edificio residencial no dispone de ninguna de las certificaciones anteriores y se acredita que el edificio se terminó de construir antes del 1 de marzo de 1987, que no existen impedimentos urbanísticos y que no se han realizado desde esa fecha obras o actuaciones relacionadas en el concepto de cédula de habitabilidad de primera ocupación.
  • Duplicado:
    Puede solicitarse siempre que el certificado no haya caducado y no se hayan realizado obras o medidas que figuren en el contexto del certificado inicial.

¿No vale nada una propiedad sin cédula?

Respuesta muy clara: no. La Cédula de Habitabilidad es un documento que es un requisito previo para algunas cosas y útil para otras, pero es perfectamente posible comprar o poseer una propiedad que no tenga cédula y aún así estar contento con ella.

Una cédula actual y válida es un requisito previo para la conexión inicial de una propiedad al suministro público de electricidad y agua, y sin ella no se puede solicitar, transferir o renovar una licencia de alquiler vacacional.

Sin embargo, si una propiedad que le interesa ya está conectada al suministro público de electricidad y agua y no desea alquilarla para vacaciones, entonces la cédula es meramente "útil" en caso de una posible reventa, pero no es absolutamente necesaria.

En este contexto, siempre hay que examinar y evaluar la situación respectiva con todas sus posibles consecuencias, pero las declaraciones generales son de poca ayuda y sólo causan confusión.

Personas de contacto

Ulrich Bader

info@teewinot.com
+34 684 418 896

Claudia Bader

info@teewinot.com
+34 684 414 561

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