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Auténticas fincas y casas de pueblo clásicas en el este de Mallorca

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Para los compradores

Resumen de los gastos accesorios de compra

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), adquisición de bienes inmuebles existentes
    Importe: entre el 8% y el 13% del precio de compra, graduado progresivamente
    • < 400.000 €: 8%
    • 400.001 - 600.000 €: 9%
    • 600.001 - 1.000.000 €: 10%
    • 1.000.001 - 2.000.000 €: 12%
    • > 2.000.001 €: 13%
  • Por lo tanto, una finca con un precio de compra de, por ejemplo, 1.200.000 euros se clasifica de la siguiente manera:
    • 400.000 euros al 8% = 32.000 euros
    • 200.000 euros al 9% = 18.000 euros
    • 400.000 euros al 10% = 40.000 euros
    • 200.000 euros al 12% = 24.000 euros
    • Total: 9,5% o 114.000 euros
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), sólo para viviendas de nueva construcción o totalmente reformadas (primera ocupación)
    Importe: 10% del precio de compra
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), sólo cuando se incurre en IVA (inmuebles de nueva construcción)
    Importe: 1,5% del precio de compra
  • Honorarios legales
    Importe: 1% del precio de compra más 21% de IVA.
  • Gastos de notaría
    Importe: 0,1% - 0,3% del precio de compra, mín. aprox. 1.000 euros
  • Registro de la propiedad
    Importe: 0,1% - 0,2% del precio de compra, mín. aprox. 700
  • Total: aprox. 10-14% del precio de compra
  • La comisión del intermediario (entre el 5% y el 7%) la paga el vendedor en España.

Impuestos corrientes para (futuros) propietarios

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
    • válido para cualquier tipo de propiedad residencial
    • Base: valor catastral
    • para inmuebles urbanos: entre el 0,4% y el 1,1% (según el municipio)
    • para fincas rústicas: entre el 0,3% y el 0,9% (dependiendo del municipio)
  • Tasa de basuras (Basura)
    • válido para cualquier tipo de propiedad residencial
    • aprox. de 100 a 300 euros según la propiedad y el municipio
  • Impuesto de no residentes (IRNR)
    • Ámbito de aplicación: Quien adquiere un bien inmueble en Mallorca y no lo alquila, es considerado por el Estado como de "uso ficticio", que está sujeto a impuestos.
    • Quién. Propietario no residente
    • Cuantía: 1,1% o 2% del valor catastral como base imponible, a lo que hay que añadir un impuesto del 19% para los residentes en la UE/EEE o del 24% para los no residentes en la UE.
    • 1,1%: Revisión o ajuste del valor catastral en los últimos 10 años
      2%: Sin ajuste actual del valor catastral (> 10 años)
  • Impuesto sobre el patrimonio:
    • Ámbito de aplicación:
      Para los residentes en España, el impuesto se aplica a los bienes situados en todo el mundo.
      Para los no residentes, sólo se aplican los activos españoles (bienes inmuebles poseídos en España y acciones en empresas españolas).
    • ¿A quién? Propietario
    • Importe: a partir de 700.000,00 euros de valor del activo
    • Graduación progresiva, del 0,2% al 3,45% anual como máximo.

Impuestos vigentes para alquileres de larga duración y alquileres vacacionales

  • Impuesto sobre la renta (IRNR)
    • Quién. Propietarios no residentes
    • Cuantía: 19% de los ingresos netos por alquiler para residentes en la UE o 24% para no residentes en la UE.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    • ¿A quién? Propietarios residentes con residencia principal en España
    • Importe: La base imponible es el 40% de los ingresos netos por alquiler
  • Impuesto sobre las ventas:
    • ¿A quién? Propietarios de viviendas turísticas
    • Importe: 25% sobre el beneficio

Nuestro equipo

Ulrich Bader

info@teewinot.com
+34 684 418 896

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Tipo de propiedad

  • 1. Propiedad residencial
    • Apartamento
    • Casa pareada
    • Finca
    • Casa de pueblo
    • Villa
  • 2. Parcela
    • Tierra cultivable/pasto
    • Solar
  • 3. Propiedad comercial
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Contacto

Apartado de Correos 287 | Camí de ca na Biela | E-07680 Porto Cristo

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